Si la homicidio no hubiese sobrevenido sin el concurso de circunstancias preexistentes desconocidas del culpable, o de causas imprevistas o independientes de su hecho, la pena será la de presidio de cuatro a seis abriles, en el caso del artículo 405; de seis a nueve abriles, en el caso del https://sites2000.com/story8072037/los-principios-b%C3%A1sicos-de-reato-di-incendio